Estimados vecinos:
A solicitud de los organizadores de este espacio remito a Uds las siguientes consideraciones sobre el problema de las relaciones del Conjunto Residencial San Felipe con las autoridades municipales de Jesús María.
Pero antes debo precisar que no estoy de acuerdo con la difusión de mensajes anónimos a través del Foro “El Ágora no se vende” porque bajan el nivel del debate. Ni tampoco el uso de seudónimos para enmascarar a los autores. Todas las comunicaciones deben ser responsables, sin afirmaciones que no puedan demostrarse. Es obvio que quienes dirigen el espacio “El Ágora no se vende” son también responsables de las comunicaciones que ponen en la red.
El tema ya no es el Ágora- En mi opinión, los vecinos de la 1ra Etapa de San Felipe, con el oportuno apoyo de los arquitectos que diseñaron el proyecto, logramos revertir el desafortunado proyecto municipal de remodelación.
Subsiste un problema de fondo.- El tema del diseño de la remodelación fue solo la parte “arquitectónica” del problema. Resuelto ese asunto, queda pendiente otra cuestión fundamental, mucho más importante: los espacios del Conjunto Residencial no directamente ocupados por los edificios son de propiedad municipal?
No lo son. Según consta en el Registro de Propiedad Inmueble, todos los espacios, incluyendo los jardines, estacionamientos, pistas y veredas, corresponden a la propiedad de la Asociación conformada por las Juntas de Propietarios de los edificios.
Es cierto que por su diseño y por su uso, funcionan como áreas de acceso abierto. Es decir de acceso público. Pero eso no implica una transferencia de la propiedad de esos espacios al patrimonio municipal.
El peligro.- Meses atrás, el Municipio de Jesús María debió dar marcha atrás en su intención de transferir el uso de los estacionamientos del área comercial a la empresa Santa Isabel. No me queda claro si pensaba venderlos, alquilarlos o darlos en concesión. Afortunadamente, la reacción vecinal derrotó esa nefasta iniciativa.
En el tema de los estacionamientos de la zona comercial y respecto del Ágora, el Municipio ha retrocedido. Pero lo hizo sin reconocer que no tenía derecho a actuar ni a construir obra alguna contra el interés y la voluntad de los propietarios.
Para no reconocer el contraste, en el primer caso se dio la apariencia de que la empresa Santa Isabel desistía de su plan de expansión, y en el segundo, el Alcalde admitió la participación de los arquitectos que diseñaron San Felipe.
Pero, suponemos que el Alcalde sigue considerando que las zonas de acceso abierto del Conjunto Residencial son de propiedad municipal. De modo que podría (si no lo impedimos) intentar mas tarde imponer otra obra negativa, por ejemplo, intentar construir un edificio sobre algunos de los jardines de la Residencial. O entregar parte de esos jardines a un tercero.
Como impedirlo.- Para impedir una iniciativa semejante, si se presentara, es necesario vertebrar la unidad de los vecinos de San Felipe y estudiar todos los marcos legales posibles de acción
La unidad de San Felipe.-La unidad debe tener las siguientes metas y fases:
a) Concientización y difusión a nivel masivo. Sin incurrir en posturas que provoquen división (como algunas de las infortunadas frases de las comunicaciones anónimas). Se debe tratar de ganar apoyo, no de perderlo con posiciones destempladas o expresiones injuriosas.
b) Ganar o convencer a las Directivas de las Juntas de Propietarios de los edificios de la Residencial San Felipe sobre la naturaleza del problema.
c) Fortalecer la Asociación de Juntas de Propietarios
Las acciones legales.-
Es necesario estudiar la Ley de Propiedad Horizontal, porque es el instrumento normativo que da las pautas sobre las atribuciones y obligaciones de las Juntas de Propietarios de los edificios.
Los Estatutos de las Juntas de Propietarios tienen que estar acordes con la referida Ley. Los propietarios y vecinos debemos conocer y utilizar los mecanismos establecidos por los Estatutos
¿A que instancias se puede recurrir si las Juntas Directivas incumplen lo dispuesto por la Ley de Propiedad Horizontal o por sus respectivos estatutos?
Es obvio que en primer lugar se puede recurrir a la Fiscalía. Pero también se puede acudir a la dependencia del Registro Público de la Propiedad Inmobiliaria que supervisa si las Juntas de Propietarios cumplen con la Ley de Propiedad Horizontal.
Es una dependencia muy estricta y desautoriza a las Directivas de las Juntas de Propietarios si estas no cumplen con sus obligaciones estatutarias. Por ejemplo si infringen la legalidad de las asambleas, si no efectúan convocatorias democráticas, o si desconocen los pedidos de convocatoria formulados por no menos del 25 por ciento de los propietarios.
Es también necesario conocer la legislación municipal, especialmente en lo que respecta a la constitución de sus patrimonios y a sus mecanismos de formulación de presupuestos.
Es conveniente tomar contacto con algún miembro de la Comisión del Congreso encargada de la legislación municipal.
Por último, es importante concurrir a las asambleas convocadas por la Municipalidad para conocer y aprobar el Presupuesto Participativo.
Atentamente.
Abraham Lama